GRATUIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE EDUCACIÓN SUPERIOR

GRATUIDAD Y OBLIGATORIEDAD DE EDUCACIÓN SUPERIOR

9 marzo, 2021 0 Por Rene Davila

Foto: Internet. Un enfoque de cobertura universal.

Fuente: SEP

Con la aprobación por mayoría, en lo general y lo particular, de la nueva Ley General de Educación Superior (LGES) por parte del Congreso de la Unión, se garantiza el respeto a la autonomía universitaria, y se da cumplimiento a los principios de gratuidad, obligatoriedad, equidad y excelencia en ese nivel educativo.

La Secretaría de Educación Pública (SEP) destaca el cumplimiento del compromiso para garantizar la cobertura universal de la educación en México, desde nivel Inicial hasta Superior.

El nuevo ordenamiento legal proporciona elementos al Estado para cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la Educación Superior gratuita, y para favorecer la posibilidad de formación a profesionistas con capacidad creativa, innovadora, emprendedora y con un alto compromiso social.

La LGES incorpora un enfoque de cobertura universal, además del cumplimiento gradual de la obligatoriedad del Estado y la gratuidad de la Educación Superior, y constituye que ningún proceso legislativo podrá menoscabar las garantías que la Constitución otorga a las instituciones universitarias autónomas, y dispone una consulta previa, libre e informada, para sus comunidades antes de reformar cualquiera de sus leyes orgánicas.

Vincula la Educación Superior con las realidades y las necesidades de los sectores social, productivo y económico para contribuir al desarrollo del país, y establece, además, que el Sistema Nacional de Educación Superior estará conformado por tres subsistemas: universitario, tecnológico y de formación docente.

Asimismo, crea el Consejo Nacional para la Coordinación de la Educación Superior, como un órgano colegiado para acordar las acciones y estrategias que impulsarán el desarrollo de la Educación Superior en el país, y reconoce el papel de las entidades federativas en la impartición de Educación Superior, a través de la creación de Sistemas Locales de Educación Superior y de las Comisiones Estatales para la Planeación de la Educación Superior.

Dispone medidas para asegurar la cobertura, como el Registro Nacional de Opciones de Educación Superior o la promoción sobre el uso de las tecnologías de la información, la comunicación, el conocimiento y el aprendizaje digital; consolida espacios libres de violencia de género y discriminación hacia las mujeres, y fomenta medidas para proteger el bienestar físico, mental y social de los estudiantes y del personal que labora en las instituciones educativas.

La legislación aprobada fortalece las instituciones de formación docente y crea el Consejo Nacional de Autoridades de Educación Normal, con el objetivo de diseñar e implementar las políticas para la formación de maestras y maestros en nuestro país.

El presupuesto destinado a la educación pública del tipo Superior no podrá ser inferior a lo aprobado en el ejercicio inmediato anterior, para lo cual establece la concurrencia del Estado, en el financiamiento de las instituciones públicas de Educación Superior. Considerará las necesidades nacionales, regionales y locales de la prestación del servicio de Educación Superior, y se sujetará a las disposiciones de ingreso, gasto público, transparencia, rendición de cuentas y fiscalización que resulten aplicables, y prevé un fondo federal especial para asegurar a largo plazo la dispersión de los recursos económicos respectivos.

Ordena la implementación del Sistema de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior, para contribuir a la mejora continua y regular a las instituciones particulares, por medio de reglas para la obtención y refrendo del reconocimiento de la validez oficial de estudios, y el otorgamiento de becas.