RECOMENDACIÓN A LA SSPC, PGR, GOBIERNO DE GUANAJUATO Y A LA CEAV

RECOMENDACIÓN A LA SSPC, PGR, GOBIERNO DE GUANAJUATO Y A LA CEAV

14 enero, 2019 0 Por Rene Davila
“No quería darte amigo”.

Le disparó por la espalda dejándolo paralítico.

Un elemento del servicio de protección federal que empleó arbitrariamente el uso de la fuerza contra un migrante centroamericano.

Fuente: CNDH

Por hechos ocurridos en 2013, en los que un elemento del Servicio de Protección Federal (SPF) perteneciente a la entonces Comisión Nacional de Seguridad (CNS), empleó arbitrariamente la fuerza pública en contra de una persona migrante centroamericana de 23 años de edad, a quien disparó por la espalda dejándolo paralítico, además de que se omitió proporcionarle la atención médica y psicológica que como víctima de un delito debió recibir, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 84/2018, a los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Gobierno del Estado de Guanajuato, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), y al encargado de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales en suplencia del Procurador General de la República (PGR). Este Organismo Nacional acreditó que la actuación del servidor público transgredió los derechos humanos del joven migrante, a la seguridad jurídica, a la integridad personal, a recibir atención derivada de su condición de víctima, y de acceso a la justicia en su modalidad de procuración.

El 28 de junio de 2013, un ciudadano centroamericano presentó una queja ante la Procuraduría de Derechos Humanos de Guanajuato, la cual fue remitida a este Organismo Nacional por razón de competencia. En ella se señaló que la víctima, así como un grupo de 10 personas centroamericanas, subieron al tren en la ciudad de Querétaro para dirigirse al norte del país y cruzar la frontera con los Estados Unidos de Norteamérica. Al llegar a la ciudad de Apaseo el Grande, Guanajuato, observaron a un costado del tren a dos elementos de “Protección Federal Ferroviaria” (SPF), pertenecientes al entonces CNS, con uniformes de color azul y colgada al frente un arma larga, por lo que, en cuanto el tren detuvo su marcha, descendieron del mismo y echaron a correr para que no los detuvieran, ocasión en la que los policías los persiguieron. Se escucharon disparos de arma de fuego y momentos después el quejoso se percató de que el agraviado se hallaba tirado en el suelo.

El elemento del SPF al observar al agraviado con una herida en el pecho, le dijo: “no quería darte amigo”, posteriormente fue trasladado al Hospital General de Celaya, Guanajuato, donde recibió atención médica. Esta Comisión Nacional considera de especial importancia que la detención y aseguramiento de las personas se realice únicamente cuando su conducta flagrante esté prevista como delictiva por la legislación penal, y las leyes autoricen el uso legítimo de la fuerza y de las armas de fuego. Al haber accionado su arma de fuego en contra de la víctima sin justificación, haciendo uso excesivo de la fuerza pública, el elemento del SPF contravino el derecho que tiene toda persona a la seguridad jurídica, toda vez que no se trató de una situación de flagrancia.

Por otro lado, el Agente del Ministerio Público local y el federal, encargados de la integración de la Averiguación Previa no actuaron con la debida diligencia, así como tampoco lo hizo el perito en criminalística de la Procuraduría de Justicia estatal, pues omitieron realizar acciones pertinentes para la adecuada integración de las indagatorias, o las acciones que efectuaron las llevaron a cabo de manera insuficiente, tales como la cadena de custodia, dilación en la elaboración del dictamen de balística, así como la falta de realización de otras pruebas científicas de mayor precisión al arma de fuego del elemento del SPF responsable, que debieron hacerse a la brevedad posible para evitar cualquier contaminación de las evidencias y manipulación inadecuada o excesiva de dicha arma de fuego.

Esta Recomendación ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en www.cndh.org.mx