RECOMENDACIONES A LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

RECOMENDACIONES A LA JEFA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

15 noviembre, 2019 0 Por Rene Davila
Emitidos en favor de personas despedidas.

Se debe reinstalar con todos sus derechos.

Por inejecución de sendos laudos firmes e inimpugnables del TFCA.

Fuente: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió las Recomendaciones 89/2019 y 90/2019 a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, por violaciones a los derechos a la legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia y plazo razonable derivadas de la inejecución de dos laudos firmes del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA), en agravio de tres víctimas, consistentes en omisiones e irregularidades atribuibles a personal de la Secretaría de Movilidad del Gobierno Capitalino (SEMOVI).

Este Organismo Constitucional Autónomo constató que, en el primer caso, dos trabajadores de la ahora SEMOVI fueron despedidos en 2002, por lo que presentaron una demanda laboral contra la dependencia ante la Primera Sala del TFCA, que en 2012 dictó un laudo en favor de las víctimas, para ser reinstaladas y recibieran el pago de salarios caídos, aguinaldo, prima vacacional, entre otras prestaciones, el cual quedó firme e inimpugnable en 2014, sin embargo, no ha sido ejecutado hasta la fecha. A pesar de que en más de 20 ocasiones el TFCA solicitó la ejecución del laudo, personal de la SEMOVI se limitó a exhibir en las diligencias de ejecución oficios para justificar acciones tendentes a la obtención de recursos económicos, omitiendo el visto bueno de la Consejería Jurídica para la aprobación del presupuesto necesario para cumplir el laudo, incurriendo así en responsabilidad institucional.

Respecto de la Recomendación 90/2019, este Organismo Nacional acreditó que una mujer despedida en 2011 de su puesto de secretaria en la Dirección de Centros de Transferencia Modal de la ahora SEMOVI ganó un laudo ante la Quinta Sala del TFCA en 2016, en el que se dictó su reinstalación y el pago de diversas prestaciones laborales por esa dependencia, lo cual no ha ocurrido, a pesar de tratarse, igualmente, de una resolución firme e inimpugnable. Tras la investigación, la CNDH advirtió que personal de la SEMOVI incurrió en responsabilidad institucional, ya que uno de sus funcionarios omitió investigar los hechos relacionados con la negativa de acatar el laudo en más de 12 diligencias, durante las cuales personal diverso de la misma dependencia informó al TFCA estar realizando gestiones administrativas para reinstalar y pagar a la víctima, lo cual no sucedió.

Las Recomendaciones 89/2019 y 90/2019, que ya fueron debidamente notificadas a su destinataria, pueden ser consultadas en www.cndh.org.mx