RECOMENDACIONES AL IMSS, POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA EN HOSPITALES DE SINALOA, SONORA Y JALISCO

RECOMENDACIONES AL IMSS, POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA EN HOSPITALES DE SINALOA, SONORA Y JALISCO

2 septiembre, 2019 0 Por Rene Davila
Un hombre que perdió la función de su ojo derecho.

Pérdida de la vida de una paciente y el producto de la gestación.

Negaron el servicio porque no había personal médico oculista por las fiestas decembrinas.

Fuente: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió las Recomendaciones 50/2019 y 52/2019 al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Alejandro Robledo Aburto. La primera, por hechos ocurridos en 2014, en que un hombre perdió la función del ojo derecho, que por ser portador de VIH le negaron atención médica y operación, por desprendimiento de retina en hospitales del IMSS en Sinaloa y Sonora; la otra, por la pérdida de la vida de una paciente de 22 años de edad y la del producto de la gestación del embarazo que cursaba, en enero del presente año, derivadas de la inadecuada atención médica en el Hospital General Regional 45 (HGR 45) de esa institución en el estado de Jalisco.

En la Recomendación 50/2019, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la integridad personal, a la igualdad y no discriminación, tras investigar la queja del agraviado, quien señaló que al levantar un tronco de árbol para leña, notó que en su ojo derecho caían y flotaban unos puntos, por lo que acudió al área de Urgencias del Hospital General Regional 1 del IMSS en Culiacán, Sinaloa, donde le negaron el servicio porque no había personal médico oculista por las fiestas decembrinas.

Acudió a una clínica particular donde fue tratado con láser, procedimiento que no funcionó, por lo cual acudió al servicio de Oftalmología de la Unidad de Medicina Familiar 55, en donde rechazaron hacerle una cirugía ocular por ser portador de VIH, personal médico le indicó que “no expondría al personal del área ni a los pacientes a una contaminación” y fue remitido al Hospital de Especialidades en Ciudad Obregón, Sonora, donde le señalaron que la retina “estaba echada a perder” debido a la tardanza entre el rechazo y la cita médica en este hospital, perdiendo la oportunidad de recuperar la vista.

En el caso de la Recomendación 52/2019, fue por hechos ocurridos en enero de 2019, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a la protección a la salud materna, a la vida de la mujer, la pérdida del producto de la gestación, inadecuada integración del expediente clínico y acceso a la información, tras investigar la queja interpuesta por la madre de la víctima, quien señaló que el 11 de enero su hija, con embarazo de 35 semanas de gestación, se presentó en el HGR 45 con vómito, diarrea y deshidratación. Se le hospitalizó luego de diagnosticarle gastroenteritis y le aplicaron sueros con sales y medicamentos (ondasetrón y ranitidina).

Al día siguiente presentó dificultad para respirar, presión baja y taquicardia, por lo que se le envió al Hospital de Ginecología del Centro Médico para un ecosonograma, determinando un adecuado desarrollo fetal, y aunque seguía con problemas de respiración fue dada de alta; no obstante, a las 21:45 horas la madre y el esposo la trasladaron al hospital, donde ingresó a pre-parto, y a las 23:20 horas presentó paro respiratorio con probable tromboembolia pulmonar masiva; se le realizó una intubación de respiración mecánica y se le practicó una operación cesárea urgente, obteniendo al producto de la gestación sin signos vitales. A las 00:00 horas, la paciente presentó otro paro cardiorrespiratorio, que fue atendido oportunamente sin obtener respuesta y a las 00:39 horas del 15 de enero de 2019 se decretó la pérdida de la vida, causada, de acuerdo con el certificado de defunción, por asfixia por tromboembolia pulmonar.

Las Recomendaciones, las cuales ya fueron debidamente notificadas a su destinatario, pueden consultarse en www.cndh.org.mx