RECOMENDACIONES AL IMSS, POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA Y VIOLENCIA OBSTÉTRICA A MUJER

RECOMENDACIONES AL IMSS, POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA Y VIOLENCIA OBSTÉTRICA A MUJER

7 julio, 2019 0 Por Rene Davila
El bebé murió a los 11 meses de edad, víctima de choque séptico y neumonía.

El trabajo de parto anómalo se prolongó 58 horas.

Causó parálisis cerebral a recién nacido, y muerte de una adolescente con discapacidad.

Fuente: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos dirigió las Recomendaciones 33/2019 y 34/2019, al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por el fallecimiento de una joven de 17 años de edad con discapacidad, a consecuencia de un diagnóstico erróneo en la Unidad de Medicina Familiar 37 y en el Hospital General de Zona 2, en Hermosillo, Sonora. La mujer de 30 años de edad, con 40 semanas de gestación, se presentó el 15 de mayo de 2018 en el área de urgencias del Hospital 221, en Toluca, Estado de México, por indicaciones de sus médicos que le dieron esa fecha de término; se le encontró en “trabajo de parto inicial” con sólo dos centímetros de dilatación, por lo que le dieron de alta para que regresara en 6 o 7 horas; así lo hizo, y al seguir en las mismas condiciones se le citó doce horas más tarde. Se le dio de alta varias veces y se le regresó a su domicilio en diversas ocasiones, ignorando los síntomas de la mujer, con lo que el trabajo de parto anómalo se prolongó 58 horas, lo que afectó la salud del bebé, que sufrió asfixia perinatal, encefalopatía hipóxico isquémica y crisis convulsivas secundarias; requirió maniobras de reanimación, primero con mascarilla y oxígeno, y, al advertirse que no respiró por sí mismo o tenía ausencia de respiración, fue intubado.

Por las irregularidades en la atención médica, el recién nacido presentó síndrome de neurona motora superior, con secuelas de alteraciones para hablar, respirar y tragar, parálisis cerebral infantil y retraso psicomotriz. El bebé murió a los once meses de edad, víctima de choque séptico y neumonía; con la opinión médica de la CNDH se determinó que es posible establecer que el curso clínico de ambas patologías se vio afectado de manera indirecta por la parálisis cerebral que presentaba desde su nacimiento.

En el segundo caso, la joven con discapacidad de 17 años de edad acudió por primera vez el 2 de agosto de 2016 a la Unidad de Medicina Familiar 31, en Hermosillo, Sonora, al presentar fiebre, dolor ocular, muscular y en las articulaciones de cuatro días de evolución; allí fue valorada por un médico que le diagnosticó “probable dengue”; le prescribió tratamiento para la fiebre y la envió a su domicilio. Dos días después la víctima regresó con alteración de la frecuencia cardiaca, y se le diagnosticó “fiebre de origen desconocido y plaquetopenia” (disminución de células plaquetarias). Fue remitida al área de urgencias del Hospital General 2, en la misma ciudad, donde otro médico determinó “probable dengue”; solicitó estudios de laboratorio y la reportó grave. Por la noche, otro galeno le diagnosticó “dengue no grave” y sin confirmar o descartar tal padecimiento ordenó su alta. Como no mejoró, a la mañana siguiente sus familiares la llevaron por tercera ocasión a la Unidad de Medicina Familiar 37, donde los estudios de biometría determinaron que padecía “dengue grave en fase crítica con datos de choque”.

Fue canalizada, vía ambulancia, al segundo nivel de atención en el área de Urgencias del Hospital General 2, donde el diagnóstico fue “dengue grave con características hemorrágicas, contra Chicungunya, contra Rickettsia”, igualmente, sin comprobarse. La joven presentó paro cardiorrespiratorio no reversible a maniobras de reanimación y falleció, asentándose como causas de muerte “choque séptico y enfermedad febril exantemática probable Rickettsia”, confirmándose el diagnóstico erróneo que se había dado a la joven.

En ambos casos, la CNDH confirmó que no se respetó la Norma Oficial Mexicana del expediente clínico, y encontró notas médicas incompletas breves e ilegibles. Las Recomendaciones, que ya fueron debidamente notificadas a su destinatario pueden consultarse www.cndh.org.mx