SEMARNAT TRANSGREDE EL DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SANO

SEMARNAT TRANSGREDE EL DERECHO HUMANO A UN MEDIO AMBIENTE SANO

27 enero, 2020 0 Por Rene Davila
La Semarnat ha sido omisa en realizar los estudios de EAE de carácter regional.

Hasta 2016, México contaba con 224 centrales en operación y construcción.

Al no realizar la evaluación ambiental estratégica, señala el Poder Judicial.

Fuente: CEMDA

Concede el Juzgado de Distrito en la CDMX amparo al Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y ordena que Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) realice dichas evaluaciones, de acuerdo con lo señalado por la Ley de Transición Energética. Hasta 2016, México contaba con 224 centrales en operación y construcción para la generación eléctrica a través de fuentes de energía limpia. Sin embargo, hasta el momento la dependencia federal no ha realizado ningún estudio de Evaluación Ambiental Estratégica para las zonas con alto potencial de energía limpia. La autoridad judicial otorgó el amparo solicitado por el CEMDA en contra de la Semarnat debido a la omisión de dicha dependencia de realizar la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) para proyectos de generación de electricidad.

El 13 de diciembre del 2019, el Juzgado de Distrito en la CDMX, resolvió el amparo promovido por el CEMDA en el que se otorga el amparo y protección de la Justicia de la Unión a dicha organización, señalando que «la Semarnat ha sido omisa en realizar los estudios de EAE de carácter regional, para determinar las características relevantes del o de los ecosistemas potencialmente afectables, con relación a los proyectos para la generación de electricidad a partir de zonas con alto potencial de energías limpias, determinados de conformidad con lo establecido por la Ley de Transición de Energética». Por tanto, debe cesar la omisión que se le atribuye y, a partir de los proyectos ya autorizados e identificados por ella misma, realizar las evaluaciones ambientales estratégicas que correspondan para las zonas con alto potencial de energía limpia, a fin de dar cumplimiento a lo que disponen las fracciones a) y b) de la fracción VIII del artículo 19 de la Ley de Transición Energética.

El objetivo de Cemda al interponer este juicio es que se implemente la EAE en el sector de energías limpias, pues este instrumento permite avanzar en el desarrollo íntegro de las políticas ambientales y de sostenibilidad, desde las primeras fases de toma de decisión; aquellas en las que se definen los marcos básicos de intervención y, por lo tanto, las que en general tienen una mayor capacidad de determinar los efectos ambientales finales, en el entorno y su sostenibilidad a mediano y largo plazo. La autoridad judicial consideró que Semarnat fue omisa en su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, para prevenir violaciones al derecho humano a un medio ambiente sano.

Hasta 2016, México contaba con 224 centrales en operación y construcción, para la generación de energía eléctrica a través de fuentes de energía limpia. Sin embargo, hasta el momento no ha realizado los estudios de EAE para las zonas con alto potencial de energías limpias, en las que se han implementado dichos proyectos, dejando así de agotar todos los mecanismos con los que cuenta para prevenir los impactos sinérgicos, acumulativos, significativos o relevantes, y residuales, que puede ocasionar la suma de proyectos que se desarrollan en una misma área geográfica; determinar las características relevantes del o los ecosistemas potencialmente afectables por los proyectos y establecer las medidas de prevención y control a las que deben sujetarse los desarrolladores.