CONDENAN EXPRESIONES DE LEGISLADOR POTOSINO CONTRA DOS LEGISLADORAS

CONDENAN EXPRESIONES DE LEGISLADOR POTOSINO CONTRA DOS LEGISLADORAS

26 octubre, 2018 0 Por Rene Davila
Se solicitó al gobierno estatal implementar medidas cautelares para prevenir actos de difícil o imposible reparación.

Expresiones del diputado local Edgardo Hernández Contreras.

La CNDH y su homóloga de San Luis Potosí, consideran que las expresiones contra las diputadas Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y Sonia Mendoza Díaz, rebasan el diálogo y el debate.

Fuente: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí (CEDHSLP) condenan enérgicamente las expresiones del diputado local Edgardo Hernández Contreras durante la realización de una sesión del Congreso de esa entidad federativa, que pueden ser tipificadas como violencia política por razones de género.

La CNDH y su homóloga de San Luis Potosí, respetuosas del quehacer legislativo y su propia autonomía, consideran que tales expresiones contra la diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez y la diputada Sonia Mendoza Díaz, Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso local, rebasan el diálogo y el debate, al basarse en estereotipos de género que atentan contra el derecho a la vida libre de violencia de las mujeres, ya que con independencia del ámbito en que fueron formuladas no hay razón que las justifiquen.

Por ello, la CNDH solicitó al Secretario General de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, Alejandro Leal Tovías, la implementación de medidas cautelares tendentes a salvaguardar el derecho a la vida, integridad y seguridad personal de las legisladoras, sus familiares y colaboradores, al reunirse los requisitos indispensables para proceder a su otorgamiento, como el riesgo o peligro real en que se puede encontrar una persona debido a circunstancias; la urgencia, determinada por la información y contexto de los hechos que indican peligro y amenazas, e irreparabilidad del daño, consistente en la probabilidad de que se cause una afectación que no pueda ser susceptible de reparación, restauración o adecuada indemnización. Se trata de prevenir actos de difícil o imposible reparación.

Para las Comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos las expresiones del legislador contra sus homólogas, mediante palabras violentas, pueden interpretarse como una amenaza velada y evidencian profunda misoginia, lo que se agrava al haberse pronunciado no solo en una tribuna pública, sino en la sede del Congreso. Tales comentarios contribuyen a la naturalización y tolerancia de la violencia contra las mujeres, por lo que el legislador no puede ignorar la fuerza de su dicho ni omitir su responsabilidad.

Asimismo, ambos organismos defensores de los derechos humanos manifiestan que la libertad de expresión del legislador en el debate parlamentario tiene un límite, ya que impacta de manera estructural y sistemática como violencia para la condición de género, en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará) y demás instrumentos internacionales en la materia.