RECOMENDACIÓN A GOBERNADOR DE CHIHUAHUA POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA A CUATRO RECIÉN NACIDOS DE ORIGEN INDÍGENA

RECOMENDACIÓN A GOBERNADOR DE CHIHUAHUA POR INADECUADA ATENCIÓN MÉDICA A CUATRO RECIÉN NACIDOS DE ORIGEN INDÍGENA

2 agosto, 2018 0 Por Rene Davila
Inadecuada valoración e integración diagnóstica, entre otros.

Falta de insumos y equipo para diversos análisis clínicos a las víctimas.

El hospital, que se encuentra ubicado en una región con altos índices de marginación, perpetúa las desigualdades.

Fuente: CNDH

La inadecuada atención médica a cuatro recién nacidos pertenecientes a comunidades indígenas del estado de Chihuahua, que tuvo como desenlace la pérdida de la vida de tres de ellos en el Hospital Comunitario de Guadalupe y Calvo, fue el motivo por el cual la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 25/2018 al Gobernador Javier Corral Jurado.

La CNDH consideró que hubo elementos suficientes para acreditar violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud de los cuatro menores de edad, y vulneraciones al derecho a la vida en perjuicio de tres de ellos por personal de salud.  Al tratarse de integrantes de comunidades indígenas, el personal de salud debió proveerles vigilancia estrecha y eficaz, atendiendo a las especificidades de su condición en cuanto menores de edad. Asimismo, al no contar con el material adecuado y suficiente, el hospital, que se encuentra ubicado en una región con altos índices de marginación, perpetúa las desigualdades e impide un mejoramiento de la calidad de vida de la población.

En todos los casos, la CNDH determinó que la falta de insumos y equipo para practicar diversos análisis clínicos a las víctimas, carencia y/o disfuncionalidad de incubadora, inexistencia de Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales en el hospital, y diversas irregularidades como ausencia de registros o procedimientos para lavado, desinfección, esterilización y aseo de áreas y mobiliario, además de que los afectados fueron valorados por un médico residente sin la dirección y asesoría de un médico adscrito, contribuyeron a la inadecuada atención médica y al fallecimiento.

En el primer caso, una joven de la comunidad tepehuana acudió a ese nosocomio para dar a luz a dos niños, quienes al nacer presentaron síndrome de dificultad respiratoria, fiebre y riesgos de padecer sepsis neonatal y enterocolitis necrosante. Factores como inadecuada valoración e integración diagnóstica, falta de tratamiento oportuno y adecuado, escasez de personal y permanencia indebida de las víctimas en cuneros en lugar de canalizarlas a la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) de otro hospital, ocasionaron que ambos perdieran la vida.

En otro caso, una mujer de la etnia rarámuri dio a luz a un niño que también presentó síndrome de dificultad respiratoria y disminución de la temperatura corporal, por lo cual debió ser colocado en incubadora y no en una cuna abierta como ocurrió, lo que favoreció su deterioro clínico y la evolución del proceso patológico consistente en enterocolitis necrosante y sepsis neonatal, que le provocaron la muerte.

Por último, una mujer refirió que, al momento de nacer, su hija presentó datos sugestivos de síndrome de dificultad respiratoria, taquipnea y sepsis, por lo que personal médico la sometió a terapia antibiótica, que le fue suspendida sin otorgarle otro tratamiento, exponiéndola a complicaciones que pudieron costarle la vida; sin embargo, fue trasladada a otro centro hospitalario en que se le brindó la atención requerida y logró revertir el cuadro de sepsis que padecía. La Recomendación que ya fue debidamente notificada a su destinatario, puede consultarse en www.cndh.org.mx