SOLICITA SUSPENSIÓN DE PLAZOS PARA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN
30 mayo, 2020Un riesgo para los trabajadores al acudir a las instalaciones.
Fuente: SS
En todo momento la Secretaría de Salud (SS) ha colaborado activamente con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), para proporcionar información a la población, aun en las condiciones de emergencia sanitaria en las que se encuentra el país por COVID-19.
Como resultado de las recientes mesas técnicas llevadas a cabo con motivo de la pandemia, se atendieron observaciones del INAI en cuanto a la publicación de datos abiertos en el micrositio www.coronavirus.gob.mx y se creó otro específico de transparencia proactiva, en donde se concentra la información más recurrente relacionada con la epidemia por el virus SARS-CoV-2 que solicita la población.
Con el objetivo de cumplir la Jornada Nacional de Sana Distancia que termina el próximo 30 de mayo y evitar la movilidad del personal de riesgo, así como salvaguardar la salud y la vida de las y los trabajadores de esta dependencia, involucrados en la atención de solicitudes de información, y que actualmente, al estar en áreas administrativas, no acuden a las instalaciones de manera física, derivado de que dicha actividad no es esencial para la atención de la emergencia sanitaria, la Secretaría de Salud solicitó al INAI la suspensión de plazos para la atención de las solicitudes de información.
En ese sentido, el INAI, mediante oficio INAI/OCP/FJALL/273/2020, del 25 de mayo de 2020, comunicó que reanudaría los plazos, reconociendo en primer término “los grandes esfuerzos que la Secretaría de Salud ha realizado día a día, a fin de procurar y garantizar la salud de todos los mexicanos ante la enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)”. Asimismo, “la búsqueda, localización, recolección o cualquier otro procedimiento para la obtención de la información solicitada, podría implicar un riesgo para los trabajadores, al tener que acudir a las instalaciones del sujeto obligado, con los consecuentes peligros que su exposición pudiere implicar para su salud”.
En tal virtud, acorde con las medidas preventivas implementadas por esta autoridad sanitaria, dicho órgano garante respaldó la preocupación externada por la Secretaría de Salud, al coincidir en que no es necesaria la asistencia física de personal no esencial, así como la gestión material de documentos para dar respuesta a las solicitudes; ya que en muchos casos, la información se encuentra publicada en sitios de internet, o bien consiste en bases de datos resguardadas en formatos digitales o en archivos electrónicos.
La SS reitera su compromiso de garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de sus unidades administrativas y órganos desconcentrados, bajo los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, así como las leyes General y Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables.