ESTADÍSTICAS SOBRE RELACIONES LABORALES DE JURISDICCIÓN LOCAL 2022

ESTADÍSTICAS SOBRE RELACIONES LABORALES DE JURISDICCIÓN LOCAL 2022

28 junio, 2023 0 Por Rene Davila

Foto: Internet. Se suscribieron 356 442 convenios de trabajo prejudiciales: 3.4% menos que en 2021.

Fuente: INEGI

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) da a conocer los resultados, a nivel nacional y por entidad federativa, de las Estadísticas sobre Relaciones Laborales de Jurisdicción Local (ERLAJUL) registradas durante 2022. Esta publicación es anual y, para esta edición, las fuentes informantes ascendieron a 386: 191 Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, 87 Centros de Conciliación Laboral locales y 108 Tribunales Laborales locales.

Principales resultados

Durante 2022, a nivel nacional, se registraron 356 442 convenios de trabajo prejudiciales, 138 420 conflictos de trabajo (individuales y colectivos) y 3 151 emplazamientos a huelga. Estos constituyen el punto de partida para alcanzar otras etapas en el proceso de solución de las desavenencias en las relaciones laborales del ámbito local.

Convenios de trabajo prejudiciales

Los convenios de trabajo prejudiciales registraron una disminución de 3.4 % respecto a 2021, al pasar de 369 151 casos a 356 442.

A nivel nacional, siete trabajadores o trabajadoras por cada mil personas ocupadas suscribieron convenios de trabajo prejudiciales. Ahora bien, por entidad federativa, sobresalieron: Coahuila de Zaragoza, con 32 trabajadores o trabajadoras; Sonora, con 26; Yucatán, con 14; Campeche, con 12; Jalisco y Durango, con 11 y San Luis Potosí, Tamaulipas y Sinaloa, con 10 trabajadores o trabajadoras cada una.

Durante 2022, los tipos de arreglos más frecuentes en los convenios de trabajo prejudiciales fueron el retiro voluntario (34.5 %) y la terminación del contrato (33.9 %). En 2021 la situación fue de 35.2 y 43.9 %, respectivamente.

Conflictos de trabajo

Los conflictos de trabajo se dividen en individuales y colectivos. En los primeros, se afectan los intereses de las y los trabajadores individualmente determinados; en los segundos, los intereses de la totalidad de las y los trabajadores de una empresa o establecimiento.

Con respecto a la solución de los conflictos de trabajo (individuales o colectivos), el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y el artículo 604 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) vigente estipulan que «corresponde a los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas el conocimiento y la resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones, solo entre aquellos o solo entre estos, derivado de las relaciones de trabajo o de hechos relacionados con ellas».

Surgimiento del conflicto de trabajo

En 2022, en conjunto, los conflictos individuales y colectivos de trabajo pasaron de 182 909 a 138 420, lo que significa una disminución de 24.3 % respecto a 2021. Los conflictos individuales de trabajo descendieron 24.1 % respecto a 2021, en tanto que los conflictos colectivos disminuyeron 71.1 por ciento.

Información completa en https://www.inegi.org.mx/programas/ralab