LAS GARANTÍAS FUNDAMENTALES “EL GRITO DE LOS OPRIMIDOS”

LAS GARANTÍAS FUNDAMENTALES “EL GRITO DE LOS OPRIMIDOS”

22 octubre, 2022 0 Por Rene Davila

Foto: Internet. La razón de ser del Estado es el ciudadano.

Fuente: UNAM

Los derechos humanos son quebrantados por nuestros estados por acción u omisión, lo que genera un problema serio desde el punto de vista del Derecho, indicó el ministro Enrique Gil Botero, secretario general de la Conferencia de ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos. Por ello, estoy convencido de que una de las materias más importantes en este momento, es la responsabilidad contractual de los estados, en la medida en que los derechos humanos se han ido configurando como el evangelio de la cultura contemporánea.

Ese, nos señala la existencia de una cierta poesía en la situación de las garantías inalienables, que se vuelve triste y dramática cuando vemos a un joven que, en el ejercicio de su derecho a la protesta, se expone frente a un tanque, por ejemplo. Los sucesos ocurridos durante la Segunda Guerra Mundial, derivaron en una pérdida de confianza hacia la autoridad, que demostró podía estar al servicio de la barbarie y al mismo tiempo, representar una toma de conciencia frente a la imperiosa necesidad de crear leyes y constituciones fundamentales, que limitaran al poder omnipotente de los estados.

Al dictar la conferencia magistral Derechos Humanos y Justicia, organizada por la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM, el jurista colombiano indicó que los derechos humanos “se han convertido en el grito de los oprimidos, de los explotados, de los desposeídos, en una especie de ley imaginaria y excepcional para quienes no tienen nada más de donde asirse, y no son producto de la legislación, sino todo lo opuesto a ella”.

El conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, no dependen del reconocimiento de los gobiernos en turno, tampoco de la ley positiva, “son un prius del ordenamiento jurídico, anteceden a la ley, de ahí que no podrán sustraerse quienes violenten los derechos humanos en ningún espacio geográfico, ni momento de la historia, porque pertenecen al ser humano per se, así como la dignidad de la que hablan todas las constituciones”.

En el auditorio Benito Juárez de la entidad académica, destacó que la razón de ser del Estado son los ciudadanos, “y cuando traiciona precisamente esa cuota de libertad debe haber consecuencias; es decir, como señalan los franceses, el que quiebra los vidrios, los paga”.

En la región latinoamericana se generó un diálogo entre jueces nacionales e internacionales, que permite la comunicación commune interamericano, o sea, un derecho comunitario inspirado sobre principios y valores que son parte de nuestra identidad latinoamericana. Con las constituciones anteriores, se rendía culto a la ley, hoy el ciudadano y los futuros abogados no se someten a la rigidez del código civil, sino que tienen una visión esclarecedora de la constitución, de las normas convencionales, en un espectro más allá de la ley.

Los hechos demuestran insuficiencia en los sistemas legales y en las constituciones de nuestros países, para abordar y enfrentar problemas de violación de garantías inalienables y reparación de estas. Es necesario considerar que el juez está sometido al control de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad, lo que ha hecho difícil el ejercicio del Derecho, pero también más profundo, dignificante y extraordinario.

Resaltó la necesidad de ir hacia una serie de principios, como la dignidad, solidaridad, compasión, tolerancia, protección y garantía a la igualdad y de la antijuridicidad del daño. Hoy existe un derecho viviente que trasciende la rigidez cadavérica de la ley, los estados deben responder a los cánones del ordenamiento constitucional interno, y también a las normas y estándares de los organismos supranacionales, “en esa convencionalidad que no es nueva, siempre ha existido”.

En definitiva, transitamos hacia un sistema interamericano integrado por un control de convencionalidad, lo que forja progresivamente un auténtico ius constitutionale interamericano como un núcleo sustancial e indisoluble, para preservar y garantizar la dignidad humana a los habitantes de la región, cuyos tres pilares: derechos humanos, Estado de derecho y democracia, constituyen un instrumento eficaz en la construcción de ese derecho común.

El juez de oficio tiene el deber de acatar la Constitución, y está obligado a respetar valores y principios. “La historia de la responsabilidad es la de la justicia, la defensa de los derechos de los oprimidos y de la lucha contra el poder desbordado del Estado”.