RECOMENDACIÓN A LA CEAV, POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS DE TRES VÍCTIMAS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS

RECOMENDACIÓN A LA CEAV, POR VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS DE TRES VÍCTIMAS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS

16 octubre, 2019 0 Por Rene Davila
Aproximadamente dos años se dejó en vulnerabilidad a las víctimas.

Una de las víctimas fue agredida verbalmente por una servidora pública de la CEAV.

Personal de esa institución omitió otorgarles apoyo de forma oportuna.

Fuente: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 86/2019, a la Directora General de la Asesoría Jurídica Federal de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), Ana Pamela Romero Guerra, por acciones y omisiones del personal de esa institución, que transgredieron los derechos humanos a la seguridad jurídica de tres víctimas del delito de trata de personas, dos mujeres y el hijo de una de ellas, a la integridad personal de una de las víctimas y al interés superior del niño.

El 18 de noviembre de 2015, una persona presentó queja ante la CNDH en la cual señaló que el 9 de agosto de 2013, dos mujeres fueron rescatadas en un operativo en materia de trata de personas que realizó la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, donde se radicó la Averiguación Previa 1, la cual se remitió por incompetencia a la entonces Procuraduría General de la República. Como las víctimas no podían trabajar porque se encontraban en riesgo, pues sólo se había cumplimentado una de las cuatro órdenes de aprehensión contra los presuntos responsables, la SEIDO les entregaba un apoyo económico mensual para solventar sus gastos.

A partir de 2015, esa ayuda les fue suspendida sugiriéndoles acudir a la CEAV, donde les dijeron que no podían apoyarles con dinero ya que no tenían habilitado el Fondo de Emergencia; por lo que las víctimas acudieron a la CEAV en una segunda ocasión en la que nuevamente les negaron el acceso al citado Fondo, explicando que se los impedía su normatividad interna, ofreciéndoles únicamente una despensa y pañales para el hijo de una de ellas. Ahí mismo, se les comentó se les reembolsarían los gastos, pero como había erogaciones que no se podían comprobar, se les dejó en el desamparo.

Tras concluir su investigación, la CNDH tuvo elementos suficientes para acreditar que a pesar de que desde el 20 de noviembre de 2014 el agente del Ministerio Público de la Federación solicitó a la CEAV que las víctimas fueran registradas para que se les brindaran las medidas de atención, asistencia y ayuda inmediatas, petición que además fue reiterada por la parte quejosa el 9 de marzo de 2016, no fue sino hasta que esta Comisión Nacional solicitó a la CEAV implementara medidas cautelares en ese sentido, que se resolvió sobre las mismas, transcurriendo un periodo de aproximadamente dos años, en los que se dejó en una situación de vulnerabilidad a las víctimas, toda vez que se trataba de personas extranjeras que no contaban con redes familiares de apoyo en el país ni con un trabajo para su subsistencia.

Asimismo, se observó que no fueron tomadas en consideración las necesidades de la persona menor de edad hijo de una de las víctimas, toda vez que la CEAV no resolvió de forma inmediata ningún tipo de ayuda a su favor para sufragar los gastos relacionados con su subsistencia, siendo hasta el 12 de febrero de 2018, dos años más tarde, cuando dicha autoridad determinó otorgarle una medida especial de ayuda en su calidad de víctima indirecta, por lo que se vulneró su derecho al interés superior de la niñez. Finalmente, se vulneró la integridad personal de una de las víctimas, quien fue agredida verbalmente por una persona servidora pública de la CEAV.

La Recomendación ya fue debidamente notificada a su destinataria y puede ser consultada en www.cndh.org.mx