RECOMENDACIÓN A LAS FISCALÍAS GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL ESTADO DE GUERRERO

RECOMENDACIÓN A LAS FISCALÍAS GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL ESTADO DE GUERRERO

23 julio, 2019 0 Por Rene Davila
Falta de coordinación entre ambas autoridades.

Muerte de un civil, e inadecuada investigación del caso.

Por el enfrentamiento entre personal de ambas instancias en Acapulco, Guerrero.

Fuente: CNDH

Un enfrentamiento en Acapulco, entre Policías Estatales Ministeriales de Guerrero y Policías Federales Ministeriales, que derivó en la muerte de una persona ajena a los hechos y la inadecuada investigación de este caso, fue el origen la Recomendación 43/2019 que dirigió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Fiscal General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, y al Fiscal General de esa entidad, Jorge Zuriel de los Santos Barrila.

Este Organismo Autónomo acreditó que la persona falleció a consecuencia del uso excesivo de la fuerza, derivado de un enfrentamiento entre elementos de Policía Federal Ministerial y Policía Estatal Ministerial, quienes no actuaron con la debida diligencia y acorde con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad y oportunidad, además no recurrieron a otros medios a su alcance antes de accionar sus armas de fuego, a pesar de contar con tiempo suficiente para realizar técnicas de intervención como utilizar altavoces e identificarse plenamente, ya que tuvieron contacto visual por varios minutos sin desplegar acción alguna, lo que transgredió los lineamientos sobre el Uso Legítimo de la Fuerza aplicables para cada una de esas corporaciones.

La CNDH observó una falta de coordinación entre ambas autoridades, quienes además no valoraron la gravedad de su actuar al dispararse entre ellos sin salvaguardar la integridad de las personas que se encontraban en el lugar. Asimismo, los Policías Estatales no portaban identificaciones, uniformes ni vehículos oficiales, mientras los elementos de la Policía Federal Ministerial también vestían de civil. Cada corporación policial inició su propia investigación y omitieron ordenar la preservación del lugar de los hechos, y la recolección de todos los indicios, lo que derivó en duplicidad de diligencias y pérdida de evidencias.

La Procuraduría Estatal incurrió en irregularidades en la integración de la Averiguación Previa 1, al no ordenar el aseguramiento de las armas de fuego involucradas y los vehículos que tripulaban los Policías Estatales Ministeriales, la descripción de la posición exacta de los casquillos percutidos el día de los hechos y su aseguramiento; en tanto, el Ministerio Público de la Federación omitió realizar diversas periciales en la Averiguación Previa 2, como el dictamen en materia de química forense respecto de la existencia de elementos de pólvora por arma de fuego, a los elementos de la Policía Federal Ministerial.

Para la CNDH, se debieron recabar todas las diligencias pendientes a fin de establecer nuevas líneas de investigación, asimismo se debió ordenar un estudio comparativo de las armas de fuego con la bala extraída del cuerpo de la víctima que pudiera ser realizado por un perito distinto a dichas instancias; omisiones que afectaron la procuración de justicia y la verdad en agravio de las víctimas indirectas; asimismo también se acreditó que no se ordenó el registro de las víctimas indirectas, ni se les brindó atención psicológica para disminuir su afectación por la pérdida de su familiar.

La Recomendación 43/2019 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede consultarse en www.cndh.org.mx